Sobre los derechos del autor y las libertades del que no paga (y 2)
Internet se ha convertido en pocos años en un instrumento con múltiples tentáculos, aristas y cabezas, cuya evolución es posible adivinar aún más intensa, más grande, más útil. También, más peligrosa, si no se ponen ciertos elementos de control a su utilización sin límites.
Porque, como hemos expresado en la primera parte de este Comentario, junto a elementos básicos para potenciar el progreso, se están colando -algunos se han colado ya, y están bien asentados- varios aspectos muy dañinos.
Unos, perjudican a la intimidad personal, a la que exponen a la utilización interesada, incluso malévola, por estafadores, delincuentes de toda índole o, simplemente, observadores de las debilidades de otro, expuestas a la luz pública como resultado de inocentes e ingenuas actuaciones, o por venganzas oscuras, o la simple intención de hacer daño.
En internet se están propagando mentiras, medias verdades, informaciones erróneas que están haciendo daño a la cultura y al saber, por la importancia que adquieren los contenidos publicados en la red, y, sobre todo, por su facilidad de acceso y la inexistencia de barreras o controles de autoridad objetivos y serios.
Por supuesto, la gran virtud de internet es otra: la facilidad para colocar de inmediato información útil, veraz, objetiva, desprovista de interés comercial o, en su caso, con interés comercial lícito y expreso, ampliando magníficamente la oportunidad de realizar transacciones, de propiciar contactos, de intercambiar datos.
Internet ha traído también la oportunidad de poner a disposición de terceros la más variada información que se puede obtener por caminos y desde fuentes muy amplias, algunas de ellas, de muy difícil o imposible detección, por la posibilidad de enmascarar la identidad del que difunde o copia la información.
No debería haber dudas. En el caso de las obras artísticas, literarias, científicas, de todas las manifestaciones culturales que tienen autor, esta facilidad para copiar y ofrecer gratuitamente a todos el acceso a las mismas, vulnera, cuando no ha sido autorizada por quien las ha creado, los derechos de autor.
En la transmisión física de esa información, hay ya leyes que protegen al autor: los dvds, por ejemplo, recuerdan hasta la exasperación que la copia no autorizada de películas es un delito.
En internet la cuestión de control no es en absoluto sencilla y, por eso, no puede ser imporvisada. La intención de proteger la difusión de algunos contenidos y castigar ciertos comportamientos, específicos de internet, está dando nacimiento a una nueva legislación específica, un tanto balbuciente y aún desorientada, porque hace falta, no solo saber muy bien lo que se desea, sino contar con los mejores expertos en comunicaciones digitales, para evitar hacer una reglamentación descabellada.
Internet ha servido para potenciar la difusión de pornografía, de imágenes de explíticito contenido sexual, de aberraciones muy diversas y despreciables éticamente. También ha puesto aún más al descubierto la hipocresía de nuestra sociedad, que enmascara pedofilias, explotaciones sexuales de niños, hombres y mujeres, y sustenta una parte de su actividad mercantil en negocios ilícitos de todo tipo.
El gobierno español ha creado un nuevo monstruo con su propuesta de Ley antidescargas. Lo es en concepto y, sobre todo, en su forma de aplicación, ya que prevé procedimientos de actuación judicial contrarios a la presunción de inocencia y que se extralimitan respecto a las funciones de la judicatura, por lo que será, si no se corrige, tachada de inconstitucional, sin duda alguna.
No es una cuestión sencilla, y, por eso, no se puede improvisar. Parece más aconsejable que España vaya en el tema, a la zaga de otros países más avanzados tecnológicamente. ¿Tan grave es aquí la cuestión de la llamada "piratería informática"? Y, desde otra perspectiva, ¿Es consciente el Gobierno de la cantidad de programas pirateados que están instalados en sus oficinas, departamentos, secciones, organizaciones, o son utilizados por los propios funcionarios y hasta por los miembros del Ejecutivo?
La libertad del que no paga ha de ejercerse desde el respeto al derecho de los demás y con base en los principios éticos universales a los que la humanidad no puede renunciar en ningún caso. Los derechos de autor son legítimos y defendibles por ley. Como los derechos a la intimidad, a la información veraz, a la libertad de comunicación. Los derechos tienen, sin embargo, límites. Para encontrarlos, hay que recurrir, muchas veces, no solamente al respeto a los derechos de los demás, sino también, a lo que la sociedad considera como merecedor de mayor protección.
En una sociedad que defiende la propiedad privada y los principios de mercado, no se puede defender que la difusión de contenidos en internet ha de ser gratuita, sencillamente porque el medio lo admite. No se puede trampear aquí. Porque si lo admitiéramos, estaríamos perjudicando a los que crean, en beneficio de los que consumen. Y preferimos siempre a los primeros.
Pero la Ley penal será siempre una ultima ratio. Si la sociedad no tiene ética ni respeto al creador, no lo vamos a corregir con leyes, sino con la educación del que cree tener el derecho a disfrutar de la libertad de no pagar, porque no valora los derechos del autor ni la necesidad de éste de que le paguen porque vive de eso.
1 comentario
Guillermo Díaz -
En cuanto a la libertad total en internet (neutralidad tecnológica) en modo alguno puedo estar de acuerdo, ya que todo no vale, en cuanto que mis derechos han de finalizar donde empiezan los tuyos.