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Al Socaire de El blog de Angel Arias

Sobre socialdemocracia y partidos políticos

La proximidad a un nuevo debate electoral en España, en el que los representantes más cualificados de los partidos con opciones mayoritarias, se enzarzarán en discusiones insulsas, tratando de poner de manifiesto contradicciones o falsedades del contrario, nos anima a comentar lo que, en nuestra opinión, constituye la base mínima, irrenunciable, que ha de constituir el ideario de una opción política en un país avanzado.

Este núcleo principal se desarrollaría con atención a dos principios: la voluntad de actuar, en todos los órdenes, democráticamente; y la de dedicar atención especial desde los poderes públicos a los servicios asistenciales -sanidad y educación, fundamentalmente- de forma que los menos favorecidos económicamente puedan acceder, cualquiera que sea su situación, al disfrute del nivel de prestaciones que el conjunto de la sociedad haya definido como mínimas.

El nombre de este ideario bien pudiera ser el de socialdemocracia. Sin embargo, el uso de esta apelación ha sufrido tales adulteraciones, apropiaciones indebidas y menosprecios injustos, que, en países como España en que su utilización ha sido tergiversada, ha perdido significado.

Ningún partido con voluntad de alcanzar la mayoría para gobernar osaría renunciar a proclamarse firme defensor de esos dos principios. En España, además, la Constitución lo proclama sin ambages en su artículo 1: "España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político".

La cuestión se reduce, pues, a elegir la forma más adecuada de plasmar la voluntad socialdemócrata, por parte de los partidos que formen parte de ese "pluralismo político". (1) Y han de hacerlo, obviamente, en el marco de una "economía de mercado", lo que nos conduce, a valorar el alcance de otro término muy baqueteado por los embates de la política callejera: el liberalismo.

Ningún representante de un partido político que desee gobernar puede defender el libre mercado absoluto, porque ha quedado ampliamente demostrado por la Historia reciente que los intereses particulares, sin limitaciones o alicientes, no cumplen satisfactoriamente las necesidades mínimas en ciertos sectores y para determinadas clases sociales.

La necesidad de incentivar algunos negocios con subvenciones -aunque sean circunstanciales- y, sobre todo, la obligación desde los órganos de la Administración del estado o las empresas públicas de asumir ciertos servicios, nos conduce a admitir que el liberalismo absoluto es inviable hoy, y que la economía de mercado debe convivir con zonas que están sustraídas a este elemento regulador, y que tendrán precios (o tasas), fórmulas de gestión y control, etc., propias.

En este vértice de compromisos prácticos -cuánto bienestar puede pagarse una sociedad concreta, con qué medios está en situación de garantizar una democracia efectiva y qué sectores debe controlar al margen, o poniéndole condiciones al mercado- radican las diferencias entre los partidos socialdemócratas.

Por favor, explíquennos bien sus propuestas.

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(1) Dejamos a un lado la, harto curiosa, vinculación de esos valores superiores con el "ordenamiento jurídico", que aparece así, no ya como el garante, sino como el inspirador e impulsor de los mismos. Consecuencias de traducir párrafos, que no atender a conceptos, suponemos, de otras Cartas Magnas, por parte de nuestros diligentes "Padres de la Patria".

El art. 20 de la Constitución alemana define, sin necesidad de circunloquios ni matices, la República como un Estado federal democrático y social. Este es su texto:

Art 20:(1) Die Bundesrepublik Deutschland ist ein demokratischer und sozialer Bundesstaat. (2) Alle Staatsgewalt geht vom Volke aus. Sie wird vom Volke in Wahlen und Abstimmungen und durch besondere Organe der Gesetzgebung, der vollziehenden Gewalt und der Rechtsprechung ausgeübt.(3) Die Gesetzgebung ist an die verfassungsmäßige Ordnung, die vollziehende Gewalt und die Rechtsprechung sind an Gesetz und Recht gebunden. (4) Gegen jeden, der es unternimmt, diese Ordnung zu beseitigen, haben alle Deutschen das Recht zum Widerstand, wenn andere Abhilfe nicht möglich ist.

Traducimos:

"Art. 20: (1) La República Federal Alemana es un Estado federal democrático y social. (2) Todos los poderes del Estado emanan del Pueblo. La promulgación de leyes, el poder ejecutivo y el judicial se ejercerán por el Pueblo en eleccciones y referendos y por medio de Órganos específicos. (3) La promulgación de leyes está vinculada al ordenamiento constitucional; el poder ejecutivo y el poder judicial, a la Ley y al Derecho. (4) Contra todo aquel que pretenda infringir este ordenamiento, tienen todos los alemanes el derecho a oponerse, si no fuera posible otra alternativa."

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