Sobre Telma y Lourdes
La Telma de este comentario es Telma Ortiz Rocasolano, una desconocida hasta que su hermana pasó a ser princesa de Asturias, o sea, futura reina de España.
Lourdes es María Lourdes Pérez Padilla, juez de Primera Instancia de Toledo, una desconocida hasta que Telma, la hermana de Letizia, la princesa de Asturias, demandó a todos cuantos grupos de la prensa a sus abogados se les vinieron a la cabeza. reclamando la protección de intimidad para su cliente.
Piden los letrados, medidas cautelares que impidan a los media referirse a la vida privada de Telma, haciéndoles judicialmente una advertencia de no injerencia, una especie de orden de alejamiento mediático, "por el peligro físico, real, que supone para ella y su pareja, el acoso de los medios".
Así que Telma y Lourdes no tienen nada que ver con Thelma y Louise, la pareja de la inolvidable película que contó como protagonistas femeninos a Geena Davis Susan Sarandon.
Son dos mujeres que quieren vivir normalmente, hacer cada una su trabajo sin interferencias, al margen de las luces mediáticas, pero a la que las circunstancias ajenas han puesto bajo los focos de la curiosidad casi general, alimento para el morbo de la multitud de cotillas, marujas y pepitos, periodistillas y cazaimágenes, que pululan por este país y por todos los del orbe occidental. Tierras donde viven los que no tienen que preocuparse por tsunamis, terremotos, hambrunas, guerras tribales o invasiones de ejércitos de otros mejor dotados y, por ello, sienten un incalificable interés por lo que hacen sus vecinos.
Telma y Lourdes lo tienen difícil para salir airosas del asunto, cada una en ese papel singular en el que están siendo observadas. Una como demandante de intervención de la justicia, y otra como dispensadora de sentencias con efectos civiles. Otra tercera mujer importante en el caso, la fiscal del mismo, ya se ha manifestado diciendo que no lo ve nada claro, y que, en su docta opinión, la demanda debe desestimarse. Los abogados de la parte demandada, que mueve muchos dineros provenientes en parte de la estulticia imperante, han puesto el grito en el cielo, porque -dicen, conceder tan insólitas medidas cautelares sería toda una burla al derecho, la vuelta a la censura previa.
Telma tiene razón, pero la ley no se la da, no se la va a dar la ilustre togada, sin retorcer el espíritu de lo escrito, lo que seguro no está en sus intenciones.
Se comprende bien la argumentación de la perjudicada por el acoso, la injusticia y el encono de verse sometida a la persecución de sus actos triviales, de detectar lo que viste, come, a dónde viaja y en qué se divierte, de todo cuanto hacen o no dicen a solas o en familia, como subproducto de una fama que ni ha pretendido ni desea conseguir. Claro está que no obtiene beneficios de ese interés mediático, ni los quiere. Porque, ¿de verdad ve alguien como un trato de favor entrar por una puerta reservada en el edificio del Juzgado de Toledo donde se juzga su demanda? ¿tiene preferencias por figurar como cooperante en Filipinas?.
El fantasma de su hermana, la otra hermana de esaTelma sin hache, Erika, muerta -según todas las apariencias- por ingestión de barbitúricos durante una crisis depresiva, incapaz de soportar la tensión de una persecución despiadada que despreció sus cualidades personales para convertirla en beneficiaria hipotética de su calidad "de hermana de", estará siempre ahí. En aquel caso, el morbo mediático se contuvo posteriormente a la defunción, se comenta, ante la petición de la Casa Real de no ahondar en el dolor de la familia. Los que perseguían a la princesa Diana de Gales también se arrepintieron, luego. "El público quería saber", se excusaron, tarde.
La ley del 5 de mayo de 1982 sobre Protección al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen, no protege a Telma Ortiz y no facilita la decisión de María Lourdes Pérez Padilla. Pero se entiende lo que pide aquélla, y en Alsocaire estamos de acuerdo con ello.
3 comentarios
María José Celemín -
jose maria guerrero -
Guillermo Díaz -
Me parece muy bien que la fotografíen cuando participe en actos públicos porque en ese caso es un personaje público, pero, fuera de esas situaciones, su derecho a la intimidad ha de ser preservado.