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Al Socaire de El blog de Angel Arias

Ante una imprescindible reforma educativa (3)

(Este Comentario es el tercero de la serie con este mismo título, y forma parte indisociable de los dos anteriores)

6. La reforma educativa no implica necesariamente la modificación del cuerpo legal general, sino que puede lograrse con el ejercicio de la actividad de inspección y control que corresponde al Estado central y como consecuencia de la transparencia social respecto a la forma de ejecutarse la docencia, sus objetivos y resultados reales, y estimulando la competitividad entre centros, a partir de unos niveles de excelencia educativa mínimos comunes.

Para ello, es imprescindible dotar de transparencia al sistema educativo, difundiendo públicamente ciertas informaciones, relativas -lo indicamos como ejemplo- al desempeño educacional (contenido real de las materias docentes, resultados por profesor, distribución (no solo la media) de la asimilación de enseñanzas en las aulas, perspectivas laborales de los egresados, etc.-. Cada centro educativo debe hacer pública su Memoria anual con estos y otros resultados: se conseguirá así un elemento de información importante para padres y alumnos, pero, y no en último lugar, para la sociedad en su conjunto.

7. La consecución de un Pacto por la Educación, que sea suscrito por todas las fuerzas políticas (o las dos o cuatro mayoritarias), no parece ni relevante ni, en el terreno de lo práctico, posible. Es cierto que se debería contar con unos elementos mínimos, pero, más que discutirlos, se tendrían que aceptar como objetivos implícitos al sistema educativo: por ejemplo, la igualdad de oportunidades de acceso a la enseñanza o el propósito de la política educativa de estimular el talento.

8. Es urgente contar con los Estatutos del profesorado, tanto de la enseñanza primaria/secundaria, como de formación profesional, como de la universitaria. El propósito fundamental de los Estatutos será el establecimiento de una trayectoria precisa, y transparente, para la carrera curricular de los docentes -concursos de acceso y otras formas de contratación, categorías, equivalencias y ámbitos de homologación, evaluación de méritos, regímenes sancionadores, etc.

9. El erróneo ejercicio de las facultades de ordenación de la enseñanza atribuídas por los Estatutos de las Comunidades Autonómicas, ha provocado un monstruo de ineficiencia en cuanto a los estudios universitarios, pero también en las enseñanzas primarias y secundarias, si bien, por diferentes razones. La enseñanza primaria y secundaria (a la que cabría añadir, en amplio sentido las de formación profesional) deben tener una orientación local, y los municipios han de participar en la definición de sus parámetros específicos y en el control.

Por el contrario, la enseñanza universitaria (y las directrices generales de la formación profesional) ha de regirse por parámetros uniformes, de competitividad y solvencia, y orientarse a la mejora de la rentabilidad del conjunto del país. Tenemos en España más de 2.000 títulos universitarios, cuyo objetivo es, en su mayoría, desconocido y, por supuesto, ignorado por el mercado y enigmático para los posibles interesados en esas enseñanzas. Las Universidades tienen desiguales, y gravísimas en su diferencia, formas de impartición de las disciplinas que habilitan para el título de grado o master; Bolonia ha añadido incertidumbre.

(continuará)

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